PRIMERO: CONDENA: al ciudadano AVILAN BANEGAS JUNIOR, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, fecha de nacimiento 23-01-1978, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.538.430, de estado civil soltero, hijo de: Rita Elena Avilán (v) y Germán Banegas (f), residenciado en la calle principal, Las Colinas, Lagunetica, casa s/n, al lado de la bodega del señor José, Los Teques, Estado Miranda, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, en el establecimiento penal que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, por ser autor responsable en la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 3° en concordancia con el artículo 82 ambos del Código Penal reformado, en perjuicio del ciudadano HERMES RAFAEL COLMENARES CEDEÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 367 eju.....