PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano JESUS GREGORY CORDOVA GUTIERREZ, de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, fecha de nacimiento 01-07-83, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.589.181, de estado civil soltero, hijo de: Sonia Josefina Gutiérrez (v) y Edmundo Ramón Cordova (v), residenciado en Residencias Miracielo, Torre E, piso 4, Apartamento 44-B, El Cabotaje, Los Teques, Estado Miranda, del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA; previsto y sancionado en el numeral 1 del articulo 406, en relación con el artículo 424, ambos del Código Penal vigente, en perjuicio de quien en vida respondiere al nombre de Jean Carlos Otero Morato, titular de la cédula de identidad N° V-14.850.045. SEGUNDO: En razón de lo anterior, se CONDENA al ciudadano ut supra identificado a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN; pena ésta que cumplirán en los términos que determine el Tribunal de Ejecución cor.....