...PRIMERO: ACUERDA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, al penado CASTILLO MACIAS RICHARD JOSÉ, Venezolano, nacido el 08/07/1979, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.814.104, hijo de Diasirma Clementina Macias (v) y Oscar Andana Valera de Jesús (v), de estado civil: soltero y de oficio: Vigilante, residenciado en Los Chorritos, sector la gallera, un ranchito, Los Teques, Estado Miranda; de conformidad con lo establecido en los artículos 20, 53 y 56 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se establece que el ciudadano CASTILLO MACIAS RICHARD JOSÉ, deberá cumplir el Confinamiento, por un tiempo igual al que resta de la pena, con aumento de una tercera parte; es decir, por el lapso de Cuatro (04) meses y Catorce (14) Días; que a su vez, se le debe realizar el aumento de una tercera parte, que es igual a Un (01) mes, Catorce (14) días y Dieciséis (16) horas; razón por la cual el ciudadano .....