V. DECISION
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud de Revisión de Medida interpuesta por la Dras. LEIDA ESCALANTE y ZOMARYS DE BARRIOS y en consecuencia, se le OTORGA al ciudadano YAN CARLOS CAMACARO VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.676.379, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los ordinales 3° y 4° y 8º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ha saber, que él mismo no podrá ausentarse de la jurisdicción del Tribunal sin previa autorización emanada de este órgano; la presentación cada Ocho (08) días ante la Oficina de Alguacilazgo del este Circuito Judicial Penal y sede, y la presentación de Dos (02) fiadores que perciban cada.....