ACUERDA CON LUGAR REVISAR la solicitud del imputado JOSE LOMBARDO URIBELARREA, ya identificado, de fecha 22 de mayo de 2007, y autoriza al ciudadano LOMBARDO URIBELARRREA JOSE, ya identificado, a trasladarse al Barrio Bruzual, en el Valle, Distrito Capital, a efectuar un trabajo pendiente con la empresa "LA FORTALEZA DEL PUEBLO, R. L." Por la Corporativa Coordinador Institucional Néstor Miguel Maitan, C.I. 4.681.697; desde el día 28 de mayo de 2007 hasta el día 15 de junio de 2007, y, en consecuencia, mantiene las medidas cautelares impuestas por este Tribunal en fecha 08-05-07, como son: las contenidas en los numerales 3, 4 Y 6 del Código Orgánico Procesal Penal; esto es, la obligación cada ocho (08) días ante este Tribunal, específicamente los días miércoles, debiendo consignara una foto tipo carnet y copia de la cédula de Identidad, la del numeral 4 consistente en la prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Miranda, sin previa autorización del Tribunal , en el numeral 6.....