Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: Declara con lugar la solicitud realizada por la Abg. JANETH SANTANA, en su condición de defensora pública del imputado, ciudadano LUIS ALEJANDRO MOSQUERA MENDEZ; y modifica la medida cautelar sustitutiva de libertad establecida en el ordinal 8º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, que le fuera otorgada al imputado, ciudadano LUIS ALEJANDRO MOSQUERA MENDEZ, en auto dictado por este Tribunal en fecha 13 de agosto de 2008, en cuanto a que deben presentar dos (02) fiadores que justifiquen ante este Tribunal un ingreso mensual equivalente a NOVENTA (90) Unidades Tributarias cada uno, y den cumplimiento a lo establecido en el artículo 258, ejusdem.; y una ve.....