ORDENA el CESE DE LA MEDIDA Privación de libertad prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dictada al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-18.711.871y residenciado en Cotiza Callejón primero de Mayo Calle Santa Elena Municipio Libertador Caracas y se le sustituye por la medida de libertad asistida por el remanente de la sanción de privación de libertad que le falta por cumplir Y ASI SE DECIDE