ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, vista la gravedad de los hechos investigados, la pena que podría llegar a imponerse que haría presumir el peligro de fuga del investigado, y a los fines de garantizar este Tribunal la presencia del mismo en los actos subsiguientes del proceso y no evada la acción de la justicia, garantizando así uno de los fines del Estado Venezolano, impone medidas cautelares sustitutivas menos gravosas a los investigados, BRICEÑO SANCHEZ MIGUEL ANGEL, y VILLALOBOS ALEXANDER RAFAEL, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 13.583.891 y 11.040.808 respectivamente, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, la contenida en el ordinal 2do. como lo es la presentación de un familiar que se comprometa a que los mismos cumplan con las obligaciones impuest.....