DECRETA: PRIMERO: Declara con lugar lo solicitado por la representación Fiscal, basado en su carácter de garantista de la constitucionalidad y de buena fe en el proceso penal, ABSUELVE AL CIUDADANO TORRES HERNANDEZ EDGAR ALEXANDER, de nacionalidad Venezolana, natural de la Guaira, fecha de nacimiento 10-05-88, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de DEYSI COROMOTO DE TORRES (V) Y MARCELO TORRES ROMERO (V), residenciado en: Urbanización Ciudad Casarapa, parcela 13, apartamento 1-E, piso 1, Guarenas, y titular de la cedula de identidad N° V-19.162.385, POR LA COMISION DEL DELITO DE OCULTACION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Contra El Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ORDENANDOSE POR ENDE LA LIBERTAD DEL REFERIDO CIUDADANO, DEJANDO SIN EFECTO LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD QUE SOBRE EL MISMO PESABA, Debiendo de cumplir la CURA Y.....