DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA la pena que le fuere impuesta al penado VARGAS GUTIERREZ DEIBIS, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.650.265, de nacionalidad venezolana, de 20 años de edad, de estado civil soltero, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal y sede, en fecha en fecha 08 de mayo del presente año, quien lo condenó a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por ser autor responsable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, conforme a lo previsto en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; así como también a las penas accesorias previstas establecidas en el Artículo 16 del Código Penal vigente; todo de conformidad con lo previsto en los artículos 479 ordinal 1 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.