En consecuencia de lo anteriormente expuesto, procédase a notificar a las partes lo resuelto por este Tribunal, así como a publicarse la presente resolución judicial. Procédase a librar las correspondientes comunicaciones a:
1. Dirección General del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario.
2. Presidencia del Consejo Nacional Electoral.
3. Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.
4. Director de la CENTRO PENINTENCIARIO REGION CAPITAL RODEO I, participando lo resuelto por éste Tribunal.
5. Líbrese Oficio a la Delegación de la Unidad de Defensa Pública, a los fines de la Designación de un Defensor en la fase de Ejecución.
6. Se acuerda Oficiar a la CENTRO PENINTENCIARIO REGION CAPITAL RODEO I, se sirva incluir al penado HENRY ALEXANDER PIÑERO IBARRA, en las Juntas de Redenciones que se celebren en ese centro carcelario, en razón el trabajo o estudio que .....