...Por lo antes expuesto, éste Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, de conformidad con el artículo 323 literal a) de la Ley Especial, y en consecuencia, SE ORDENA el Cierre y Archivo del presente asunto, remitiendo sus actuaciones al Archivo Judicial para su resguardo.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en este Tribunal de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, a los Veinticinco (25) días del mes de Julio del año dos mil siete (2.007). Años, 197° de la Independencia y 148° de la Federación.