conforme a lo previsto en el artículo 603 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente Declara: PRIMERO: Este Tribunal por UNANIMIDAD DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA previsto en el artículo 406 numeral 1° en relación con el articulo 424 del Código Penal, en consecuencia lo sanciona a cumplir la MEDIDA SOCIOEDUCATIVA de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de CINCO (05) AÑOS, sanción que ha de cumplir en centro que designe el Juez de Ejecución, delito que le fuera imputado por el Representante del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "f", en relación con el artículo 622 y 628 Parágrafo Segundo, Literal a), todos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; SEGUNDO: En cuanto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, el tribunal co.....