... DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, las bienhechurías descritas en la solicitud fomentadas sobre un lote de Terreno de Propiedad del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, con una superficie de Doscientos Diecinueve Metros Cuadrados con Sesenta y Nueve Decímetros Cuadrados (219,69 mts2), ubicado en la Calle Buenos Aires de Tapipa, casa Nº 27, Parroquia Ribas del Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda y con un área de construcción de Ciento Treinta y Un Metros Cuadrados con Cuarenta y Nueve Decímetros Cuadrados (131,49 mts2), a favor de la ciudadana CLARA MARINA HERNANDEZ ZAMORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° V-3.225.094, ASI SE DECIDE.