DISPOSITIVO:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: La existencia de la prejudicialidad en la presente causa. SEGUNDO: La suspensión de la presente causa y la audiencia de juicio hasta que se resuelva el recurso de nulidad interpuesto por la empresa INDUSTRIAS JADE C.A., contra la Providencia Administrativa Nro. 277-2013 de fecha 25-11-2013 dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la ciudadana Heydris Rosmari Fernández García, titular de la cédula de identidad Nro. 25.234.331 Contra la referida empresa en el entendido de que este Tribunal dispone que ordenará la reanudación de la presente causa, una vez que.....