declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ANIBAL JOSE RONDÓN ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.649.853, de las bienhechurías que se encuentran ubicadas en La Comunidad Brisas de Oriente, Parte Alta La Cruz, Sector La Fila 1, Casa S/N, Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.