En mérito de los argumentos de facticos y de derecho expuesto en precedencia, éste JUZGADO TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto en fecha Diez (10) de Octubre de 2022, por el ciudadano ARMANDO ECHEVERRIA RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V- 13.111.732, debidamente asistido por la ciudadana MARIA ANTONIETA RANGEL ADRIAN, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 272.093., en contra del Acto Administrativo contentivo de LA PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA signada con el Nº 030-2022, en el Expediente Nº 030-2021-01-00056 dictada en FECHA 08-04-2022, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "JOSE RAFAEL NÚÑEZ TENORIO" CON SEDE EN GUATIRE, ESTADO MIRANDA mediant.....