DECLARA CON LUGAR, la solicitud de REVISIÓN DE MEDIDA, interpuesta por la defensa pública penal, a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le imputo la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal y COAUTOR EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406.1 en relación con el artículo 83 eiusdem, en perjuicio del hoy occiso HECTOR JOSE QUIJADA DELFIN, y en tal sentido se procede a sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por otra menos gravosa, de las establecidas en el artículo 582 Literal b) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.