Ahora bien, quien aquí decide, ha emitido opinión sobre lo anteriormente señalado, es decir, sobre los referidos vehículos que solicitan en la causa antes indicada, estimando en consecuencia y en aras de una tutela judicial efectiva, que debe tener la presente solicitud de vehículos una decisión dictada por un Juez distinto al que ha conocido y emitido opinión sobre esta situación en ocasión del amparo constitucional cuando me encontraba en el Tribunal Primero de Juicio de este mismo Circuito Judicial sede y Extensión.
Dispone el referido artículo 86. 7 del Código Orgánico Procesal Penal, como se ha señalado, la opinión en causa penal con conocimiento como Juez entre otros funcionarios como causa de inhibición que estimo como procedente y ajustado a derecho en aras de una tutela judicial efectiva de las partes en sus pretensiones .
Como consecuencia de las razones antes expuestas, se hacen tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto para ser agregados a la cau.....