OTORGAR al imputado: HERNANDEZ LECUNA JUAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.426.089, la Medida Cautelar contemplada en el articulo 39 ordinal 9 de la Ley Contra la Violencia contra la Mujer y la Familia, por lo que deberá sufragar todos los gastos que surjan para el traslado de la victima, asimismo se acuerda proseguir la fase Preparatoria del Proceso, por procedimiento Ordinario, de conformidad a lo señalado en los artículos 373, 280, 282 y 273 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal........................