V
DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación intentada por la representación judicial de la sociedad mercantil codemandada INVECEM. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 16 de septiembre de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara SIN LUGAR la acción intentada en contra de la entidad de trabajo FÁBRICA NACIONAL DE CEMENTO, S.A.C.A.; y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de indemnizaciones por enfermedad ocupacional, incoara el ciu.....