Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el presente proceso de DIVORCIO incoado por el ciudadano GULLERMO GUAITA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.690.569, contra la ciudadana UBENCIA BARRIOS VARGAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.396.478, de conformidad con lo previsto en el Artículo 756 del Código d Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el Articulo 756 eiusdem.