De conformidad a lo establecido en el artículo 34 del Código Penal, en concordancia y 367 del Código orgánico Procesal Penal, se establece como pago de las costas procesales accesoria de toda sentencia condenatoria penal, la cantidad de Bolívares CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL (BS.189.000), calculada a razón de Bolívares DOSCIENTOS (200,00) por folio, teniendo la presente causa un total de Novecientos Cuarenta y Cinco (945) folios