Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado RAMON VELASQUEZ GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 27.492, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana ANA TATIANA DIEMINGER ROBERTSON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-3.335.233, contra la decisión proferida en fecha 07 de diciembre de 2010, por el Juzgado de Municipio del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave.
Segundo: Se REVOCA en todas y cada una de sus partes la decisión proferida en fecha 07 de diciembre de 2010, por el Juzgado de Municipio del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave.
Tercero: SE ORDENA LA CONTINUACION DEL JUICIO, previa notificación de las partes.