En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: CARLOTA EDILIA ARAUJO BORGES y MARCOS TULIO HERRADA RADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.-6.811.751 y V.-10.378.399. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente contraído en fecha 06 de Septiembre de 2002, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador (Hoy Municipio Libertador) del Distrito Federal (Hoy Distrito Capital), Acta de Matrimonio Nro. 51.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municip.....