Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en Guarenas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA la pena que le fuere impuesta al penado DANNY GABRIEL YANEZ REQUENA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.649.830, de nacionalidad venezolana, de 18 años de edad, de estado civil soltero, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal y sede, en fecha en fecha 10 de abril del presente año, quien lo condenó a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 en relación con el Artículo 80, ambos del Código Penal, respectivamente, conforme a.....