En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: ANTHONY JOSE CAMACHO PEREIRA y KATHERINE DY MAR BLANCO, venezolanos, mayores de edad, casados, hábiles en derecho, de este domicilio y titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V.-20.309.151 y6 V.-24.058.617, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO