DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos PEDRO LUIS GONZALEZ MONROY, JOSE GREGORIO GONZALEZ MONROY, JUAN GABRIEL GONZALEZ MONROY, ALEXIS JOSE GONZALEZ MONROY, FRANCISCO JAVIER GONZALEZ MONROY y ADRIAN ANTONIO GONZALEZ MONROY, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.679.960, V-8.679.959, V-11.042.580, V-15.519.265, V-17.743.325 y V-20.114.700, en su orden, en su carácter de hijos del causante PEDRO IGNACIO GONZALEZ MACHADO, quien en vida era de nacionalidad venezolano y titular de la cédula de identidad No. V-625.718, de estado civil casado, el cual falleció ab intestato el día treinta y uno (31) de mayo de dos mil diecinueve (2019), tal como se desprende del acta de defunción emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Santa Teresa del Municipio Libertador, Distrito Capital, en fecha dos (2) de junio de dos mil diecinueve (2019), signada con el acta No. 740, todo ello sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.