PRIMERO: Se acuerda prescindir de los escabinos para el conocimiento de la presente causa seguida al ciudadano ÑAÑEZ GIL YORMAN ABRAHAN, titular de la cédula de identidad N° V-21.120.293, asumiendo la Juez profesional el total poder jurisdiccional sobre la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de Robo en la modalidad de arrebatón; llevando adelante el juicio de manera unipersonal, en estricto acato de la decisión de carácter vinculante dictara en fecha 22/12/2003, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, sentencia N° 3744, ratificada en fallo dictado por la referida Sala en fecha 16/11/2004, sentencia N° 2598 y en sentencia de fecha 12/08/2005, con ponencia de la Magistrado Luisa Estella Morales, expediente N° 05-0790; ello a los fines de garantizar una tutela judicial efectiva, expedita y sin dilaciones indebidas, tal y como lo consagra el último aparte del artículo 26 en concordancia con.....