PRIMERO: Se establece que el penado BLANCO VIZCAINO JOSE GREGORIO, Titular de la cédula de identidad Nro. 11.009.209, venezolano, Natural Caripito Estado Monagas, nacido el día 25-08-1968, de 38 años de edad, de profesión u oficio albañil, domiciliado Petare zona 10, Barrio José Félix Ribas, casa s/n, al lado del colegio de Monjas, Caracas dtto. Capital, casa de su tía Carmen Vizcaíno, Teléfono 0414-288.16.55 y 0212-254.4142, otra dirección: sector 06 calle 06 casa Nro. 45, Cartanal, Los Valles del Tuy Estado Miranda, Hijo de Carmen Vizcaíno y Emilio Blanco, ha cumplido de la pena impuesta TRES (03) AÑOS SIETE (07) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS., faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y SEIS (06) DÍAS, para completar el tiempo establecido de la pena, razón por la cual la pena principal finalizará en fecha 27-09-2007. SEGUNDO: Igualmente fue condenado a las penas accesorias de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, como lo son la Inhabilitación polític.....