De conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declara en estado de Rebeldía al adolescente acusado IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana NANCY MARIA RODRIGUEZ ARAGORT (Occisa), en consecuencia se suspende la presente causa hasta tanto el adolescente acusado sea Capturado y puesto a la orden de este Juzgado.