DISPOSITIVO
Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora. TERCERO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 16 de mayo 2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en consecuencia, se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado procesal en el cual previa distribución se celebre la audiencia oral y pública de juicio, en la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, incoara la ciudadana AMORETTI YANELLYS, en contra de la entidad de trabajo UNIDAD EDUCATIVA JOSÉ RAFAEL POCATE.....