´- DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 895, 899, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA a favor de los ciudadanos MARIA ISABEL PEREIRA PÉREZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de Identidad Nro. V- 6.022.389; y ÁNGEL MANUEL PEREIRA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 6.022.388, TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE TERRENO PRIVADO, relativa a un inmueble con una superficie de terreno de QUINIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS TRECE CENTÍMETROS CUADRADOS (582,13Mts²), cuyas medidas y linde.....