Se reformó el cómputo en la causa seguida al penado ANTONIO JOSE ALVAREZ URBINA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.319.098, a quien en sentencia proferida en fecha 03-08-98, por el extinto Juzgado Superior Tercero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, se condenó a cumplir la pena de VEINTIUN (21) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de los delitos de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 460 en concordancia con el 83 y 460, todos del Código Penal. Cumple pena definitiva en fecha 04-01-2018