En cuanto al pago de los días domingos observa esta sentenciadora que el calculo de los mismos se hizo conforme a lo estipulado en el articulo 120 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, por cuanto se desprende del cuaderno de pruebas el pago del salario, mas el día domingo, correspondiéndole al actor, solo un adicional del 50%, por tanto; acogiendo el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que mediante sentencia Nº 1664 del 14 de diciembre de 2010, caso: Ana Anzola contra Jardines el Cercado, C.A., estableció que la solicitud de aclaratoria de sentencia tiene como finalidad aclarar los puntos dudosos, salvar omisiones y rectificar errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos, o dictar ampliaciones; no para innovar puntos ya decididos en el fallo, revocarlos o modificarlos, resulta improcedente resolver dicho particular. Así se decide.
De esta manera, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circu.....