Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con Sede en la ciudad de los Teques, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: ACUERDA la prórroga por el lapso de quince (15) días para que la DRA. DAMELIS BRAZON, en su carácter de Fiscal Décimo Novena del Ministerio Público, presente el respectivo acto conclusivo, lapso que comenzará a correr al vencimiento del lapso de treinta (30) días previsto en el tercer aparte del artículo 250 eiusdem, es decir, desde el 29-10-07 hasta el 13-11-07, ya que, las diligencias faltantes son necesarias para la continuación de la presente investigación. Decisión que se dicta de conformidad con los artículos 250 quinto aparte, 12, 13, 108 numerales 3 y 4 del artículo 285 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Habiendo sido pronunciado el disposi.....