DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Dr. ANGEL RAMON ZAMORA, Defensor Privado, actuando en su carácter de Defensor del Acusado: JOSE DE JESUS VIZCAYA, y de esta manera DECRETA este Tribunal Segundo en Funciones de Juicio, la aplicación del artículo 256 ordinales 3º, 4º, 5º y 6°, ejusdem, correspondiendo ser: la presentación ante la Secretaria de este tribunal segundo en funciones de juicio cada ocho (08) días, la prohibición de salida de la jurisdicción de este Tribunal Penal y la obligación de residir en la dirección aportada y de tener que cambiar de residencia informar previamente al presente Tribunal; la prohibición de concurrir a lugares de dudosa reputación o expendio de licores o sustancias ilícitas; además de tener prohibido la comunicación con la víctima, Testigos y Expertos en la presente causa; debiendo así, de imponer al Acusado: JOSE DE JESUS VIZCAYA