ACUERDA imponerle al joven imputado la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el artículo 582 en sus literal "G" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en este sentido deberá presentar CUATRO (04) FIADORES los cuales deberán consignar los siguientes documentos: 1.- Copia de la Cédula de Identidad, 2.- Constancia de Residencia y de Buena Conducta, expedida por la primera autoridad civil del lugar donde residen, 3.- Constancia de Trabajo que indique: cargo, sueldo y tiempo de servicio el cual no podrá ser menor a un (01) año, y debe ser trabajador dependiente. 4.- Si fuere persona jurídica o personas que trabajan por cuenta propia deberá presentar documento donde se acredite la cualidad y la facultad para constituirse, Debe consignar declaración de Impuestos Sobre la Renta. R.I.F y N.I.F, movimiento de los tres últimos estado de cuenta. Balance personal avalado por un contador Público colegiado, el cual debe ser visado.