Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Garantía del Debido Proceso, hace los siguientes pronunciamientos: Declara Sin Lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano Abg. Elías Daniel Monsalve, en su carácter de Defensor Público Primero (1°) Penal Ordinario, actuando a favor de los acusados Carolina Del Carmen Cáceres Rodríguez y Luís Enrique Pantoja Izquiel, titulares de la cédula de identidad Nº V.- 18.557.816 y V.- 8.756.483, respectivamente, y en consecuencia se Niega El Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, que le fuera impuesta en su debida oportunidad, por la presunta comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.....