PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN, interpuesta por el abogado JESUS RAMÓN MEDINA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 32.183, en representación de la entidad de trabajo AUTO MERCADO SAN DIEGO C.A., en su carácter de tercero interesado, contra la decisión de fecha 06 de Junio de 2.016, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SE REVOCA la Sentencia de fecha 06 de Junio de 2.016, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. TERCERO: SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la Ciudadana ERMELINDA DE LA ROSA PALMA, titular de la Cédula de de Identidad Nº V-13.526.829 contra la Providencia Administrativa Nº 43-15 de fecha 31 de Marzo de 2015, proferida por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipur.....