este Tribunal evidencia que en fecha 30 de enero de 2018, se dictó sentencia, declarando con lugar la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos identificados anteriormente, la cual esta definitivamente firme, en consecuencia, este Tribunal manifiesta que el proceso esta terminado, por lo que ordena el CIERRE y ARCHIVO de este expediente. Remítase al Depósito de Expedientes de la División de Archivos Judiciales del Estado Bolivariano de Miranda. Cúmplase.