...A los fines de manifestarse sobre la presente solicitud este Tribunal observa: Que probada como ha sido lo alegado por el ciudadano: MARTINEZ CARRANZA CESAR JOSE, titular de la cédula de identidad N° 6.992.843., y vista la obviedad del error denunciado, este Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil y Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, ordena a la Oficina de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Jefatura Civil del entonces Municipio Charallave, Distrito Urdaneta del Estado Miranda., hacer la debida nota marginal en el ACTA DE NACIMIENTO asentada bajo el N° 113, del año 1973, llevado por dicho ente, correspondiente al ciudadano: MARTINEZ CARRANZA CESAR JOSE, titular de la cédula de identidad N° 6.992.843., a los fines de que se corrija la palabra ilegitimo de la partida de nacimiento, debiendo ser lo correcto LEGITIMO, quedando el nombre del referido ciudadan.....