DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por los ciudadanos WILLIAM ADOLFO GALVIS MARTINEZ y RAIMER ALBER AVILEZ COLINA, titulares de las cédulas de identidad números E- 81.947.326 y V- 16.578.800 respectivamente, en contra de los Ciudadanos JOSE GREGORIO BLANCO QUINTA A y LILIANA ORTEGA DE BLANCO, titulares de las cédulas de identidad números V- 7.951.493 y V- 16.341.432 respectivamente SEGUNDO: Se condena a los demandados JOSE GREGORIO BLANCO QUINTA A y LILIANA ORTEGA DE BLANCO, titulares de las cédulas de identidad números V- 7.951.493 y V- 16.341.432 al pago de las cantidades de veintitrés mil quinientos cuarenta y ocho c.....