...En consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, iniciada contra una persona por identificar, por la presunta comisión delito de LESIONES GENERICAS previsto en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos. Todo conforme a lo dispuesto en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo establecido en los Artículos 48 numeral 8, 318 numeral 3 y 320, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del artículo 537 de la Ley que regula la materia de adolescentes.