acuerda OTORGAR a los imputados: RICARDO HERRERA, titular de la cédula de identidad N° 12.533.803 y PANTOJA SALANQUE HUMBERTO JOSÉ, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.533.803. LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD CONTENIDA EN EL ARTICULO 256 ordinales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la presentación de dos fiadores que devenguen cada uno 40 Unidades Tributarias y una vez cumplida dicha Fianza la presentación por ante la oficina del alguacilazgo cada 15 días, asimismo se acuerda proseguir la fase Preparatoria del Proceso, por procedimiento Ordinario, de conformidad a lo señalado en los artículos 373, 280, 282 y 273 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal.