emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL POR CUMPOLIMIENTO DE ACUERDO REPARATORIO y en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JESUS ARNALDO GUTIERREZ ADRIAN , Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.973.321, conforme lo disponen los artículos 40 y 48 ordinal 6 todos del código Orgánico Procesal Penal y 318 ordinal 3 ejusdem SEGUNDO: Se Ordena el cese de toda medida restrictiva de libertad que pese sobre el ciudadano JESUS ARNALDO GUTIERREZ ADRIAN, y oficiar a los órganos de seguridad del estado a fin de que sea excluido del sistema CIPOL, en relación a la presente causa.