este Juzgador del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 185-A del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos: BAUTE MARTA ELENA y TRUJILLO JOSÉ DAVID, ambos identificados y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante  LA  PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO LOS SALIAS, SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, CON SEDE EN LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA, SEGÚN ACTA  Nº 08,  de los Libros de de Matrimonio llevados por ese Despacho en el año 1.983,  la cual corre inserta en los  libros de Matrimonios llevados por ese Despacho.-