"...consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el Apoderado Judicial de la parte accionada Abg. CARLOS NUÑEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 25.099, contra la Sentencia definitiva dictada en fecha en fecha 06 de Marzo de 2014. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA con sede en Cúa, a los veintisiete (27) días del mes de marzo de dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación..."