...DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos BELKIS MARLENE ESCOBAR SANCHEZ y CARLOS ALBERTO EREU PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.879.445 y 6.872.893 respectivamente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos BELKIS MARLENE ESCOBAR SANCHEZ y CARLOS ALBERTO EREU PEÑA, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 16 de julio de 1986, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el N° 168, folio 168 y su vuelto del Libro de Matrimonios, correspondiente al año 1986, y se ordena conforme a lo previsto en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, a insertar la presente sentencia, única y exclusivamente ante el Registro Civil correspondiente y agregar la nota.....