V
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada ELINA RAMÍREZ REYES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 65.847, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente Corporación Ribón, C.A., contra la decisión de fecha 01 de diciembre de 2014, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
SEGUNDO: PROCEDENTE la solicitud de la medida de suspensión de efectos de la Providencia Administrativa Nº 00106, de fecha 29 de julio de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo en los Valles del Tuy del Estado Miranda.
En consecuencia SE ORDENA al Juzgado Primero de Primer.....